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Naturaleza Jurídica

La Gerencia de Infraestructura, es un órgano de línea de segundo nivel organizacional, responsable de ejecutar y evaluar los proyectos de desarrollo de infraestructura física, de apoyo a las actividades productivas y sociales de la comunidad, así como su liquidación técnica y financiera, de acuerdo a la política de acondicionamiento territorial.

Está a cargo de un Gerente, quién depende jerárquicamente del Gerente Municipal.

Funciones

Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Infraestructura las siguientes:

1. Programar, coordinar, conducir y evaluar las actividades inherentes al desarrollo de proyectos de infraestructura urbana y rural acorde con la política de Acondicionamiento Territorial y el Plan de Desarrollo Provincial Concertado;

2. Formular, ejecutar y evaluar su Plan Operativo, el Cuadro de Necesidades y la Programación anual mensualizada de gastos.

3. Formular, la memoria anual de la dependencia de acuerdo a la normatividad vigente.

4. Asesorar a la Alta Dirección, sobre asuntos de ingeniería.

5. Proponer y ejecutar la construcción, reconstrucción, ampliación, modificación o reforma de la infraestructura e inmuebles públicos, en estricta sujeción de los requisitos que establezca la Ley, el Reglamento Nacional de Edificaciones, las ordenanzas y otras disposiciones, o reglamentos sobre seguridad de Defensa Civil, y otros organismos que correspondan, para garantizar la salubridad y estética de la edificación; teniendo en cuenta los estudios de impacto ambiental, conforme a ley.

6. Concertar y formular los convenios o contratos a suscribir con la población organizada e instituciones, para la ejecución de proyectos de infraestructura de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

7. Autorizar la ingeniería preliminar y la ingeniería de detalle necesaria para la construcción de obras de infraestructura básica, vial, de mantenimiento y conservación de obras aprobadas, encomendadas y ejecutadas por la Municipalidad Provincial del Cusco.

8. Autorizar las normas y especificaciones de construcción utilizados en las obras.

9. Solicitar oportunamente los equipos y materiales necesarios para la ejecución de las obras que se le encomiende.

10. Dirigir la elaboración de expedientes técnicos de acuerdo al Sistema Nacional de Inversión Pública.

11. Elaborar, analizar y priorizar los programas y proyectos de inversión pública sobre acondicionamiento urbano a nivel provincial, en coordinación con entidades públicas y privadas.

12. Proponer la contratación de personal para la planeación, elaboración de los proyectos de ejecución de obras, personal técnico para Equipo Mecánico, Planta Asfáltica y otros necesarios para el cumplimiento de las funciones de la Gerencia, cautelando el correcto uso de los presupuestos asignados para este fin.

13. Presentar a la superioridad los expedientes técnicos elaborados.

14. Resolver administrativamente en primera instancia, los procedimientos de su competencia conforme al presente reglamento y disposiciones vigentes.

15. Formular bases y especificaciones técnicas para Licitaciones y Contratos de servicios de consultoría, de adquisición de materiales y de ejecución de obras.

16. Establecer, dar seguimiento y evaluar los índices de productividad y eficiencia de las obras correspondientes;

17. Establecer y operar los sistemas de costos y contabilidad de las obras a su cargo.

18. Participar en los procesos de adquisición de materiales y equipos necesarios.

19. Participación en las acciones de formulación y elaboración del Plan de Desarrollo Provincial y en el Programa de Inversiones concertado con la sociedad Civil.

20. Ejecutar en lo que le corresponda los Planes de Desarrollo Provincial.

21. Participar en los procesos de formulación, ejecución y evaluación del Presupuesto Institucional, dentro de los plazos y modalidades establecidas en la Ley Anual del Presupuesto de la República.

22. Proponer a la Gerencia Municipal, los proyectos de normas que sean necesarios para alcanzar los objetivos institucionales y sus funciones de su competencia.

23. Proponer convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes.

24. Desarrollar un programa permanente de mantenimiento de la infraestructura vial urbana, pistas, veredas, sardineles y bermas

25. Participar en los espacios de concertación y participación vecinal que le sean encargados.

26. Emitir Resoluciones Gerenciales de acuerdo a sus competencias.

27. Proponer la permanente capacitación del personal a su cargo.

28. Las demás que le corresponde por mandato de la ley y las que le asigne la Gerencia Municipal.[/fusion_text][/fullwidth]

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