Mediante Ordenanza Municipal N°20-2017-MPC se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), incorporando la función de vigilancia sanitaria de la inocuidad agroalimentaria de alimentos primarios y piensos (sustancia o producto, incluidos los aditivos, destinado a la alimentación por vía oral de los animales) en su transporte y comercialización; responsabilidad que se delega al Policlínico Municipal de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, que adquiere el compromiso de supervisar el cumplimiento de las normas que garanticen la inocuidad de alimentos destinados al consumo humano, asimismo programar actividades e inspeccionar los vehículos que desarrollen esta actividad en el distrito, organizar programas de capacitación y en definitiva recibir reclamos de los usuarios.

Igualmente deberán evaluar  condiciones sanitarias y brindar información actualizada de las personas y organizaciones dedicadas a esta actividad,  además aplicar medidas preventivas y correctivas que traigan como consecuencia la implementación de buenas prácticas de higiene y manipulación de alimentos. En este contexto también se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones- RAS y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones CUIS para estas unidades vehiculares.

Es importante recordar que la Ley de Inocuidad de Alimentos, señala que las autoridades competentes, consumidores y agentes económicos involucrados en toda la cadena alimentaria tienen el deber general de actuar respetando y promoviendo el derecho a una alimentación saludable y segura, en concordancia con los principios generales de higiene de alimentos del ‘’Codex Alimentarius’’. La inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano es una función de salud pública y, como tal, integra el contenido esencial del derecho a la salud.

Si bien, el Reglamento de inocuidad agroalimentaria, establece que la vigilancia sanitaria de los alimentos agropecuarios primarios y piensos, es labor de SENASA (Servicio Nacional de Sanidad Agraria);  la comuna provincial reconoce que en la jurisdicción del Cercado de Cusco existen servicios de transporte y comercialización de este tipo de  alimentos a cargo de organizaciones y empresas, que requieren ser fortalecidas para reducir los peligros de contaminación, así se incrementará la disponibilidad de alimentos inocuos a través de “mercados saludables”, para proteger la vida y la salud de los ciudadanos.

Quedamos agradecidos por su difusión.

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